Ley Marcial

El diccionario de la real academia española describe el término ley marcial como aquella ley de orden público, una vez que es manifestado el estado de guerra; o por su parte el bando o ley de índole militar y penal que son adaptados en dicha situación de estado de guerra. En otras palabras la ley marcial puede definirse como el sistema de estatutos o normas que se lleva a cabo luego de una declaración de tipo formal, cuando una determinada situación solicita que una supremacía militar adquiera la gerencia o dominio normal de la justicia de forma general o de un estado total.

Ley Marcial

Es decir que se le otorga la autoridad o el poder al cuerpo policial o militar referente a la administración, majeo o tutela del cuidado del orden público y el mantenimiento de la justicia; por ende se asume que la ley marcial impera en el caso de ser necesario apoyar las prácticas de organizaciones y autoridades militares. Dicho suceso puede acontecer cuando existen necesidades con denominación de «urgente», en aquellas donde las instituciones comunes de justicia no están en correcto funcionamiento o cuyas instituciones se evalúan como débiles o lentas con el objeto de sobrellevar el control de la situación nueva; como un ejemplo de esto podemos mencionar las guerras civiles, entonces el objeto principal seria restablecer o preservar el orden público.

La ley marcial abarca la limitación o supresión de ciertos derechos que el ordenamiento avala a las personas, anexando la aplicación de procedimientos sumarios en los juicios y sanciones severas de mayor peso de los que se sobreponen en situaciones catalogadas como normales. En el mayor de los casos, la pena de muerte es implantada para crímenes que generalmente no se les atribuiría como crímenes capitales, tales como los robos o saqueos en momentos de catástrofes.

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